Si sigues las bolsas y convocatorias de las universidades públicas de Madrid, habrás visto plazas de profesorado sustituto etiquetadas como P03, P04, P06 o P08, o bien con la notación 3+3, 6+6, 8+6. Todas se refieren a lo mismo: el régimen de dedicación de la plaza, es decir, cuántas horas de docencia y de tutoría conlleva el contrato a la semana. Y como la retribución va ligada a ese tramo, saber leer el código te dice de un vistazo cuánto vas a cobrar.
En este artículo aclaramos qué es el profesor sustituto (y en qué se diferencia del asociado), qué significa cada código y cuál es el sueldo bruto por tramo según el convenio de las universidades públicas madrileñas.
Qué es el profesorado sustituto (y por qué no es lo mismo que el asociado)
El profesor/a sustituto/a es una figura contractual temporal cuya finalidad es cubrir la docencia cuando un departamento no puede asumirla con su plantilla: bajas de larga duración, permisos, licencias, vacantes estructurales pendientes de cubrir o necesidades sobrevenidas. Solo se activa cuando el período a sustituir supera los 15 días, y su contrato se ciñe a la actividad docente de la persona a la que sustituye.
Es una figura distinta del profesor asociado, y conviene no confundirlas:
El asociado es un profesional en activo fuera de la universidad, con contrato indefinido a tiempo parcial, un máximo de 120 horas lectivas anuales y la obligación de mantener su actividad principal externa.
El sustituto es un contrato temporal para cubrir una ausencia o vacante concreta, no exige actividad profesional externa (salvo cuando sustituye a un asociado) y su dedicación se mueve en una horquilla más amplia, de 3 a 8 horas semanales.
En Madrid, ambas figuras están reguladas transitoriamente, tras la entrada en vigor de la LOSU, en la Adenda al I Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Públicas de Madrid, que es la que fija las condiciones y las tablas salariales que verás a continuación.
Qué significan P03, P04, P05, P06, P07 y P08
En el caso del profesorado sustituto en Madrid, el número que acompaña a la "P" indica las horas de docencia semanales. Las horas de tutoría y atención al alumnado son las mismas que las de docencia… hasta un tope de 6. Por eso, a partir de las 7 horas, las tutorías se congelan en 6:
La correspondencia entre códigos y horas es: P03 (3+3) = 3 h de docencia y 3 h de tutoría; P04 (4+4) = 4 h y 4 h; P05 (5+5) = 5 h y 5 h; P06 (6+6) = 6 h y 6 h; P07 (7+6) = 7 h de docencia y 6 h de tutorías; P08 (8+6) = 8 h de docencia y 6 h de tutorías.
Así, un P03 es la dedicación mínima (3 horas de clase) y un P08, la máxima (8 horas). No hay tramos por encima de 8 horas en esta figura.
El sueldo bruto según las horas (tabla oficial)
Aquí está lo que de verdad importa. La retribución del profesor sustituto en Madrid no la fija cada universidad por su cuenta: viene marcada por el convenio del PDI laboral madrileño (por referencia a su artículo 24) y es común a las universidades públicas de la Comunidad (UCM, UAM, UC3M, UPM, URJC y UAH).
Estas son las retribuciones básicas mensuales, en 14 pagas, por tramo de dedicación. Las cifras parten de la tabla del convenio y están actualizadas con las subidas del 2,5 % (2025) y del 1,5 % (2026) aplicables a los empleados públicos:
Los importes aproximados por tramo son: P03 (3+3): ~384 € brutos mensuales, trienio ~11,22 €, bruto anual ~5.378 €; P04 (4+4): ~512 €, trienio ~14,97 €, bruto anual ~7.170 €; P05 (5+5): ~769 €, trienio ~18,71 €, bruto anual ~10.767 €; P06 (6+6): ~882 €, trienio ~22,46 €, bruto anual ~12.349 €; P07 (7+6): ~1.099 €, trienio ~30,40 €, bruto anual ~15.386 €; P08 (8+6): ~1.256 €, trienio ~34,74 €, bruto anual ~17.584 €.
Algunas claves para interpretar la tabla:
Son retribuciones básicas. A esa cantidad se le suman los trienios (la columna de la derecha, por cada tres años de antigüedad) y, en su caso, el complemento adicional de la Comunidad de Madrid por méritos académicos o investigadores, que se determina con los mismos criterios que para el resto del PDI laboral.
El salario sube con las horas, pero no de forma perfectamente lineal: hay saltos notables entre tramos (fíjate, por ejemplo, en el paso de P04 a P05).
Los importes se actualizan cada año con el incremento que fije la Ley de Presupuestos, por lo que conviene tomarlos como una referencia aproximada y contrastar la cifra exacta en la convocatoria o en el portal de transparencia de la universidad.
Importante: estas cifras son las de las universidades públicas de Madrid. El profesorado sustituto (y el resto del PDI laboral) se rige por el convenio colectivo de cada comunidad autónoma, de modo que un mismo tramo de horas puede pagarse distinto en Andalucía, Cataluña, el País Vasco o Galicia. La estructura (a más horas, más sueldo) es común, pero las cuantías no.
El caso más llamativo de esta variación territorial son Ceuta y Melilla. Además del sueldo, el personal público destinado en las dos ciudades autónomas percibe una indemnización por residencia (a menudo llamada, de forma imprecisa, "plus" o "complemento" de residencia; técnicamente es una indemnización, no un complemento). Para el grupo A1 —donde se encuadra el profesorado universitario— ronda los 938 € al mes, es decir, casi 1.000 € adicionales que ningún territorio peninsular tiene. Eso convierte a Ceuta y Melilla en dos de los destinos mejor pagados del profesorado público, pese a partir de las mismas retribuciones básicas.
Cómo leer el código en una convocatoria concreta
Busca el apartado de "dedicación" o "régimen de dedicación" en las bases de la convocatoria o de la bolsa. Ahí se detalla, en texto, el número de horas lectivas y de tutoría. El código (P03, 6+6, etc.) es solo la abreviatura de esa cláusula.
Traduce el número a horas de docencia semanales. En el profesorado sustituto de Madrid, el número = horas de clase; las tutorías igualan esa cifra con tope de 6.
Cruza el tramo con la tabla salarial para saber tu bruto mensual antes de aceptar. Y recuerda sumar trienios y posibles complementos.
En resumen
Para el profesorado sustituto de las universidades públicas de Madrid:
Los códigos P03 a P08 indican las horas de docencia semanales (de 3 a 8), con tutorías iguales hasta un máximo de 6.
El sueldo es proporcional al tramo, desde unos 384 €/mes (P03) hasta unos 1.256 €/mes (P08) en 14 pagas, más trienios y complementos (cifras de Madrid actualizadas con las subidas de 2025 y 2026).
Es una figura temporal y distinta del asociado, con una horquilla de dedicación más amplia y sin el requisito de actividad profesional externa.
Las cuantías son un ejemplo de Madrid y varían según la comunidad autónoma. En el extremo, Ceuta y Melilla suman una indemnización por residencia de casi 1.000 €/mes para el profesorado universitario.
La regla de oro sigue siendo la misma: el código orienta, pero las bases de la convocatoria y la tabla del convenio vigente son las que mandan. Ante cualquier duda, acude al texto oficial y al portal de transparencia de la universidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un profesor sustituto en Madrid? Depende del tramo de horas. En las universidades públicas de Madrid va desde unos 384 € brutos al mes en el tramo mínimo (P03, 3 horas de docencia) hasta unos 1.256 € en el máximo (P08, 8 horas), en 14 pagas y sin contar trienios ni complementos.
¿Qué significa P06 en una plaza de profesor sustituto? Que la dedicación es de 6 horas de docencia y 6 de tutoría a la semana (notación 6+6). En Madrid, ese tramo se retribuye con unos 882 € brutos mensuales.
¿Y P08? Es la dedicación máxima de la figura: 8 horas de docencia semanales y 6 de tutoría (8+6), ya que las tutorías se topan en 6. En Madrid ronda los 1.256 € brutos al mes.
¿Cuántas horas da un profesor sustituto? Entre 3 y 8 horas de docencia a la semana, más un número igual de horas de tutoría con un máximo de 6. La cifra concreta la fija cada plaza según la docencia que haya que cubrir.
¿Qué diferencia hay entre profesor sustituto y profesor asociado? El sustituto es un contrato temporal para cubrir una ausencia o vacante, con dedicación de 3 a 8 horas y sin exigir actividad profesional externa. El asociado es indefinido a tiempo parcial, con un máximo de 120 horas lectivas anuales y la obligación de mantener su actividad principal fuera de la universidad.
¿El sueldo es igual en toda España? No. Cada comunidad autónoma tiene su propio convenio del PDI laboral, así que un mismo tramo de horas puede pagarse distinto. El caso extremo son Ceuta y Melilla, donde el profesorado universitario suma una indemnización por residencia de casi 1.000 € al mes.
Artículo con fines informativos. Las cifras son un ejemplo referido a las universidades públicas de Madrid, están actualizadas con las subidas del 2,5 % (2025) y 1,5 % (2026) y se revisan cada año conforme a los Presupuestos. Las retribuciones varían según la comunidad autónoma, ya que cada una tiene su propio convenio del PDI laboral. La cuantía definitiva de cada plaza es siempre la que figure en su convocatoria y en el portal de transparencia de la universidad.